Regl. 6479, art. 11-11.1
Libertad de cátedra
Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 11-11.1
La libertad de cátedra consiste en el derecho de todo miembro del personal
docente a enseñar con objetividad y honradez la materia que profesa, sin otras
restricciones que las que imponen la responsabilidad intelectual y moral de cubrir todos
los elementos esenciales del curso, según aprobados por la autoridad correspondiente, el
respeto al criterio discrepante y el deber de impartir sus conocimientos mediante
procedimientos pedagógicos identificados con la ética de la enseñanza y la búsqueda de
la verdad.