Regl. 2523, art. 2 dup5

Comparecencia mediante escrito

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Cite as Reglamento Núm. 2523, Art. 2 dup5

Cualquier persona con derecho a, o citado para, una vista podrá renunciar voluntariamente a ésta y comparecer ante el Secretario o su representante autorizado mediante escrito, en el cual expondrá lo siguiente: a. Su interés para comparecer por escrito y expresión de que renuncia voluntariamente a la vista. b. Objeciones y asuntos sobre los cuales desea ser oído. C. Posición con respecto a las objeciones O asuntos particulares. d. Documentos pertinentes sustentando sus alegaciones. e. Remedio que solicita. f. Fecha de la notificación, nombre del solicitante y su dirección, así como del programa que representa y posición que ocupa en éste, según el caso. g. Cualquiera otra información pertinente que quiera exponer en su caso. En estos casos el Secretario deberá resolver dentro de los quince (15) días de radicado el escrito.
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