Regl. 6479, art. 13-13.4.1
Unidades institucionales
Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 13-13.4.1
Como norma general, los asuntos que se originen en las unidades institucionales
del Sistema Universitario, que se sometan a la consideración de la Junta de SÃndicos, se
tramitarán, con toda la documentación pertinente a través del rector de la unidad y del
Presidente de la Universidad, con la recomendación 0 comentarios de estos funcionarios.