Regl. 6479, art. 13-13.4.1

Unidades institucionales

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Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 13-13.4.1

Como norma general, los asuntos que se originen en las unidades institucionales del Sistema Universitario, que se sometan a la consideración de la Junta de Síndicos, se tramitarán, con toda la documentación pertinente a través del rector de la unidad y del Presidente de la Universidad, con la recomendación 0 comentarios de estos funcionarios.
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