Regl. 6479, art. 14-14.12
Deberes y funciones adicionales
Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 14-14.12
Además de los deberes y funciones que le asigna expresamente la Ley de la
Universidad y este Reglamento, el Presidente tendrá todas aquellas atribuciones,
prerrogativas y responsabilidades que le asigne la Junta de Síndicos, en armonía con la
Ley y este Reglamento.⁸