Regl. 6479, art. 14-14.9.1
Aprobación de la Junta de SÃndicos
Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 14-14.9.1
La organización y definición de funciones de las Oficinas Centrales que
determine el Presidente, se someterá a la aprobación de la Junta de SÃndicos. Dicha
organización y definición de funciones se promulgará mediante certificación emitida por
la Junta.