Regl. 6479, art. 19-19.1
Nominación y nombramiento
Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 19-19.1
Los rectores serán nominados por el Presidente y nombrados por la Junta de
Síndicos, siguiendo el proceso de consulta que se establece a continuación, en armonía
con el Artículo 40 de este Reglamento.¹