Regl. 6479, art. 19-19.1

Nominación y nombramiento

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Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 19-19.1

Los rectores serán nominados por el Presidente y nombrados por la Junta de Síndicos, siguiendo el proceso de consulta que se establece a continuación, en armonía con el Artículo 40 de este Reglamento.¹
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