Regl. 6479, art. 20-20.1.4.1

Dependencias con menos de veinticinco miembros

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Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 20-20.1.4.1

En una escuela, departamento o dependencia académica de menos de veinticinco (25) miembros, o donde no haya suficientes profesores con permanencia disponibles para constituir el comité, la consulta se hará directamente a todos sus miembros, incluyendo la representación estudiantil establecida por el reglamento de la escuela, el departamento o la dependencia académica.
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