Regl. 6479, art. 21-21.10.2
Procedimiento para la elección
Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 21-21.10.2
La elección de los senadores estudiantiles se hará simultáneamente con la
elección de los consejos de estudiantes de cada facultad o escuela autónoma. Las
nominaciones y elecciones deberán hacerse siguiendo las normas y el procedimiento,
28 Anotaciones: Cf. Certificación JS Núm. 43 (1994-95).
29 Anotaciones: Cf. Certificación CES Núm. 100, (1988-89).
30 Anotaciones: Enmendada por Certificación CES Núm. 96 (1986-87).
Compilación
Ed. 02/16/2002
REGLAMENTO GENERAL
Página 27
establecido en el ArtÃculo 7 del Reglamento General de Estudiantes de la Universidad de
Puerto Rico, para las nominaciones y elecciones de candidatos a los consejos de
estudiantes de facultad o de escuela autónoma.