Regl. 6479, art. 21-21.7.9

Candidatos electos

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Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 21-21.7.9

Se declararán electos los candidatos que obtengan el mayor número de votos, siempre y cuando obtengan más de la mitad de los votos emitidos, sin incluir los votos nulos o en blanco.
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