Regl. 6479, art. 21-21.9.1
Fecha de vencimiento de los términos
Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 21-21.9.1
El término de incumbencia de los senadores académicos elegidos vence el 30 de
junio del año correspondiente. Los nuevos senadores electos tomarán posesión de sus
cargos en la primera reunión celebrada con posterioridad a esa fecha o, en la primera
reunión luego de ser electos en los casos de elección tardía. Los senadores salientes
continuarán en funciones hasta que sus sucesores tomen posesión de sus cargos, pero
nunca más tarde de la primera reunión que el senado académico celebre el año académico
correspondiente.²⁹