Regl. 6479, art. 25-25.7

Participación general de los miembros

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Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 25-25.7

Será deber de los miembros de cada departamento participar en la elección de sus propios comités, en la elección de sus representantes en los comités de facultad o de recinto, en el proceso de consulta para el nombramiento del director y en otras gestiones y actividades que competen al departamento. Todo ello, sujeto a los procedimientos establecidos en este Reglamento. 40 Anotaciones: Cf. Certificaciones JS Núm. 45 (1994-95) y CES Núm. 118 (1987-88). Compilación Ed. 02/16/2002 REGLAMENTO GENERAL Página 35
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