Regl. 6479, art. 25-25.7
Participación general de los miembros
Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 25-25.7
Será deber de los miembros de cada departamento participar en la elección de sus
propios comités, en la elección de sus representantes en los comités de facultad o de
recinto, en el proceso de consulta para el nombramiento del director y en otras gestiones
y actividades que competen al departamento. Todo ello, sujeto a los procedimientos
establecidos en este Reglamento.
40 Anotaciones: Cf. Certificaciones JS Núm. 45 (1994-95) y CES Núm. 118 (1987-88).
Compilación
Ed. 02/16/2002
REGLAMENTO GENERAL
Página 35