Regl. 6479, art. 26-26.1

Elección

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Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 26-26.1

En cada escuela autónoma, no adscrita a ninguna facultad, se elegirá un comité de personal siguiendo las mismas pautas que las que se establecen para los departamentos en el Artículo 25, excepto que cuando se trate de escuelas demasiado pequeñas, para constituir el comité según los requisitos establecidos, el asesoramiento lo realizará un comité especial de tres (3) miembros, creado a nivel de la unidad institucional correspondiente. En tales casos, el profesorado de la escuela elegirá mediante votación a los miembros del comité.
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