Regl. 6479, art. 26-26.1
Elección
Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 26-26.1
En cada escuela autónoma, no adscrita a ninguna facultad, se elegirá un comité de
personal siguiendo las mismas pautas que las que se establecen para los departamentos en
el Artículo 25, excepto que cuando se trate de escuelas demasiado pequeñas, para
constituir el comité según los requisitos establecidos, el asesoramiento lo realizará un
comité especial de tres (3) miembros, creado a nivel de la unidad institucional
correspondiente. En tales casos, el profesorado de la escuela elegirá mediante votación a
los miembros del comité.