Regl. 6479, art. 28-28.2.1
Función principal
Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 28-28.2.1
Habrá en la Administración Central una Oficina de Recursos Humanos cuya
función principal será auxiliar al Presidente en el desempeño de sus responsabilidades, en
la coordinación y administración de los asuntos del personal universitario, la cual contará
con el personal técnico, administrativo y consultivo necesario.