Regl. 6479, art. 29-29.1

Principio del mérito

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Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 29-29.1

La Universidad, a través de los distintos organismos correspondientes a cada nivel del Sistema, proveerá los mecanismos necesarios para que el ingreso y el ascenso del personal universitario se efectúen sobre las bases de competencia, tomando en cuenta los méritos de los distintos candidatos, de manera que la selección recaiga en los más idóneos.
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