Regl. 6479, art. 30-30.1.8
Nombramiento de confianza
Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 30-30.1.8
Será el nombramiento que se extiende al personal universitario que se denomina
de confianza en el CapÃtulo VIII, ArtÃculo 71 de este Reglamento. El personal de
confianza será de libre selección y remoción en lo que se refiere a los cargos o puestos asÃ
clasificados; pero conservará los derechos que haya adquirido en virtud de algún
nombramiento regular previo en el Sistema.