Regl. 6479, art. 32-32.3

Responsabilidad de los auspiciadores

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Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 32-32.3

A los fines de que no se interrumpa la labor docente y administrativas, ni el buen orden institucional, y sin que esto constituya censura previa, los auspiciadores de cualquier acto, reunión o ceremonia a celebrarse, serán responsables de los medios que se empleen para anunciarlos y de la adopción de las medidas necesarias para mantener el orden y la seguridad durante tales actividades.
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