Regl. 6479, art. 32-32.3
Responsabilidad de los auspiciadores
Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 32-32.3
A los fines de que no se interrumpa la labor docente y administrativas, ni el buen
orden institucional, y sin que esto constituya censura previa, los auspiciadores de
cualquier acto, reunión o ceremonia a celebrarse, serán responsables de los medios que se
empleen para anunciarlos y de la adopción de las medidas necesarias para mantener el
orden y la seguridad durante tales actividades.