Regl. 6479, art. 32-32.4.9.1 dup2

Situaciones especiales

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Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 32-32.4.9.1 dup2

En aquellas facilidades de la Universidad en que, por la configuración física de sus terrenos y edificios, se hace imposible cumplir con la disposición anterior relativa a la distancia de 250 metros del más próximo salón de clase más próximo u oficina administrativa para la celebración de tales actos, se faculta al Presidente o al rector a adoptar aquella distancia mínima que razonablemente sea suficiente para cumplir con los propósitos de este Reglamento.
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