Regl. 6479, art. 32-32.4.9.1 dup2
Situaciones especiales
Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 32-32.4.9.1 dup2
En aquellas facilidades de la Universidad en que, por la configuración física de
sus terrenos y edificios, se hace imposible cumplir con la disposición anterior relativa a la
distancia de 250 metros del más próximo salón de clase más próximo u oficina
administrativa para la celebración de tales actos, se faculta al Presidente o al rector a
adoptar aquella distancia mínima que razonablemente sea suficiente para cumplir con los
propósitos de este Reglamento.