Regl. 6479, art. 34-34.3

Comparecencia al trabajo en días feriados o libres

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Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 34-34.3

Nada de lo anterior alterará la facultad de los rectores de las distintas unidades institucionales para solicitar la comparecencia al trabajo de uno o varios empleados, o del personal en pleno, cuando las condiciones del servicio lo justifiquen. Se compensará a tales personas de acuerdo con las normas que, sobre horas de trabajo y licencia, rigen el Sistema.
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