Regl. 6479, art. 35-35.1.2
Procedimiento para ventilar querellas
Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 35-35.1.2
El Presidente, en las normas que por este Reglamento se le encomienda
establecer, delineará los procedimientos y recursos para atender debidamente las
querellas que se puedan suscitar contra los miembros del personal universitario. Además,
establecerá el procedimiento para la rehabilitación de cualquier empleado destituido.⁴⁹