Regl. 6479, art. 35-35.1.2

Procedimiento para ventilar querellas

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Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 35-35.1.2

El Presidente, en las normas que por este Reglamento se le encomienda establecer, delineará los procedimientos y recursos para atender debidamente las querellas que se puedan suscitar contra los miembros del personal universitario. Además, establecerá el procedimiento para la rehabilitación de cualquier empleado destituido.⁴⁹
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