Regl. 6479, art. 37-37.2.1

Nombramientos sin intervención de la Junta de Síndicos

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Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 37-37.2.1

El Presidente, sin que medie la intervención de la Junta de Síndicos, nombrará el personal de la Administración Central y contratará los peritos, asesores y técnicos que necesite para ejercer sus funciones.
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