Regl. 6479, art. 46-46.6

Terminación de nombramientos probatorios sin concesión de

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Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 46-46.6

permanencia El rector, o el Presidente en el caso del personal bajo su jurisdicción administrativa, podrán terminar un nombramiento probatorio sin concesión de permanencia cuando así se justifique, según surja de la evaluación o evaluaciones realizadas, notificando por escrito a la persona afectada.
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