Regl. 6479, art. 46-46.7.3

Derecho a solicitar revisión

Last amended: 2002Length: 63 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 46-46.7.3

Una vez notificada de la terminación de su nombramiento probatorio sin concesión de permanencia, la persona afectada podrá, dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de notificación, solicitar por los canales correspondientes la revisión de su caso. Excepto que la autoridad revisora determine lo contrario, la acción dando por terminado el nombramiento continuará en efecto mientras se tramita la revisión.
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