Regl. 6479, art. 46-46.8 dup2
Terminación de otros nombramientos no permanentes antes de su
Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 46-46.8 dup2
fecha regular de expiración
Además de lo establecido en la Sección 46.6 sobre nombramientos probatorios, la
autoridad nominadora podrá terminar cualquier clase de nombramiento no permanente,
antes de su fecha regular de expiración, por justa causa y con notificación previa, por
escrito, con por lo menos treinta (30) dÃas de antelación. La persona afectada tendrá
derecho a examinar su expediente y a la revisión de su caso, según lo establecido en las
secciones 46.7.2 y 46.7.3.
Compilación
Ed. 02/16/2002
REGLAMENTO GENERAL
Página 65