Regl. 6479, art. 49-49.2.1
Ajustes por obtención de un grado académico
Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 49-49.2.1
Los ajustes de sueldo por obtención de un grado académico comenzarán el primer
día del mes siguiente a la fecha de certificación oficial del grado, una vez se presente y
acepte la evidencia al efecto.⁸¹