Regl. 6479, art. 49-49.4

Escala especial para cursos en adición a la jornada regular

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Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 49-49.4

El Presidente de la Universidad, en consulta con la Junta Universitaria, propondrá a la Junta de Síndicos, para su aprobación, una escala de compensación especial con relación a los servicios que se presten en adición a la jornada regular académica. Esta compensación se concederá sólo por tareas en exceso de la tarea regular que se establece en este Reglamento. Se harán los descuentos provistos por ley a la compensación por estas tareas adicionales. 82 Anotaciones: Cf. Certificación JS Núm. 46 (1994-95). Compilación Ed. 02/16/2002 REGLAMENTO GENERAL Página 71
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