Regl. 6479, art. 49-49.4
Escala especial para cursos en adición a la jornada regular
Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 49-49.4
El Presidente de la Universidad, en consulta con la Junta Universitaria, propondrá
a la Junta de SÃndicos, para su aprobación, una escala de compensación especial con
relación a los servicios que se presten en adición a la jornada regular académica. Esta
compensación se concederá sólo por tareas en exceso de la tarea regular que se establece
en este Reglamento. Se harán los descuentos provistos por ley a la compensación por
estas tareas adicionales.
82 Anotaciones: Cf. Certificación JS Núm. 46 (1994-95).
Compilación
Ed. 02/16/2002
REGLAMENTO GENERAL
Página 71