Regl. 6479, art. 50-50.1
Licencias a los principales funcionarios ejecutivos
Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 50-50.1
La Junta de SÃndicos decidirá, con arreglo a las disposiciones de este Reglamento,
la concesión de licencias al Presidente de la Universidad, asà como al Secretario
Ejecutivo y al Director de Sistema de Retiro de la Junta de SÃndicos. A propuesta del
Presidente de la Universidad, la Junta de SÃndicos concederá licencia a los rectores.