Regl. 6479, art. 50-50.1

Licencias a los principales funcionarios ejecutivos

Last amended: 2002Length: 55 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 50-50.1

La Junta de Síndicos decidirá, con arreglo a las disposiciones de este Reglamento, la concesión de licencias al Presidente de la Universidad, así como al Secretario Ejecutivo y al Director de Sistema de Retiro de la Junta de Síndicos. A propuesta del Presidente de la Universidad, la Junta de Síndicos concederá licencia a los rectores.
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