Regl. 6479, art. 51-51.1
Propósitos
Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 51-51.1
Las licencias sabáticas sólo se concederán en interés de la Universidad y a fin de
ofrecer a los miembros de su personal docente oportunidad de mejoramiento profesional
y cultural mediante actividades tales como la creación artística y literaria, la
investigación, viajes culturales y estudios formales, todo ello dentro del marco de
posibilidades presupuestarias de la institución.⁸⁹