Regl. 6479, art. 51-51.2.2
Requisito de notificación y aprobación para aceptar becas 0
Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 51-51.2.2
trabajo
Como norma general, los beneficiarios de este tipo de licencia no aceptarán becas
ni trabajos que los distraigan de las actividades para las cuales la licencia fue otorgada.
El personal docente en disfrute de licencia sabática para realizar estudios formales
o investigaciones, que interese aceptar alguna beca o algún trabajo, remunerado o no,
deberá obtener del director de su programa una certificación de que la beca o el trabajo
no lo distraerá de su programa de estudio o de investigaciones y deberá notificar a su
decano con copia de dicha certificación para que éste someta el asunto a la consideración
de la Junta Administrativa.⁹⁾