Regl. 6479, art. 51-51.6.2

Notificación de la decisión al interesado

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Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 51-51.6.2

El secretario de la junta administrativa notificará al interesado de la decisión de dicho organismo, a la mayor brevedad posible, con indicación de las disposiciones reglamentarias aplicables a su caso.
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