Regl. 6479, art. 51-51.6.2
Notificación de la decisión al interesado
Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 51-51.6.2
El secretario de la junta administrativa notificará al interesado de la decisión de
dicho organismo, a la mayor brevedad posible, con indicación de las disposiciones
reglamentarias aplicables a su caso.