Regl. 6479, art. 55-55.4
Causas por las que se puede reclamar
Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 55-55.4
Esta licencia podrá reclamarse exclusivamente por motivo de enfermedad o
incapacidad, por haber estado expuesto a una enfermedad contagiosa, cuando esto
requiera la ausencia del trabajo; o, para asistir a citas médicas, en cuyo caso el empleado
deberá notificar la ausencia con antelación razonable y deberá presentar constancia al
efecto. Aunque normalmente no se requiera notificación previa, será indispensable que el
director del departamento reciba aviso oportuno de las ausencias por enfermedad.