Regl. 6479, art. 57-57.4.4
Reincorporación a puesto o cargo en el cual se acumula licencia
Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 57-57.4.4
ordinaria
Al personal docente que, luego de desempeñarse en un puesto o cargo gerencial
de confianza en el Sistema Universitario, cesa en tal función y de inmediato se
112 Anotaciones: Cf. Certificación CES Núm. 12 (1974-75); Certificación JS Núm. 47 (1994-95).
113 Anotaciones: Cf. Certificación CES Núm. 116 (1985-86); Certificación JS Núm.47 (1994-95).
114 Anotaciones: Cf. Enmendada Certificación JS Núm. 47 (1994-95).
Compilación
Ed. 02/16/2002
REGLAMENTO GENERAL
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reincorpora a su puesto o cargo regular en el cual acumula licencia ordinaria conforme a
lo dispuesto en la Sección 57.1, se le pagará en una sola suma global de dinero el
diferencial en sueldo entre ambos puestos o cargos por el número de días que representa
la licencia ordinaria acumulada en el cargo que cesa, hasta un máximo de sesenta (60)
días.¹¹⁵