Regl. 6479, art. 60-60.4

Prohibición contra acciones de personal en nueva unidad

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Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 60-60.4

La unidad en la cual el empleado preste servicios conforme a esta licencia no hará cambio en el rango académico, ni tomará acciones tales como ascensos o concesión o denegación de permanencia mientras el empleado se encuentre en la asignación temporera.
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