Regl. 6479, art. 60-60.4
Prohibición contra acciones de personal en nueva unidad
Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 60-60.4
La unidad en la cual el empleado preste servicios conforme a esta licencia no hará
cambio en el rango académico, ni tomará acciones tales como ascensos o concesión o
denegación de permanencia mientras el empleado se encuentre en la asignación
temporera.