Regl. 6479, art. 65-65.6

Variaciones en la distribución de horas para determinadas

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Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 65-65.6

unidades institucionales La distribución anterior, así como las equivalencias en horas-crédito podrán variar en algunas unidades institucionales, como el Recinto de Ciencias Médicas o cualquier otra unidad institucional donde existan necesidades particulares de servicio universitario. Las variaciones deberán ser aprobadas por la Junta Universitaria.