Regl. 6479, art. 65-65.6
Variaciones en la distribución de horas para determinadas
Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 65-65.6
unidades institucionales
La distribución anterior, así como las equivalencias en horas-crédito podrán variar
en algunas unidades institucionales, como el Recinto de Ciencias Médicas o cualquier
otra unidad institucional donde existan necesidades particulares de servicio universitario.
Las variaciones deberán ser aprobadas por la Junta Universitaria.