Regl. 6479, art. 65-65.8
Participación en la sesión de verano
Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 65-65.8
Los profesores, que durante el año académico o fiscal desempeñen tareas
gerenciales retribuidas, no serán elegibles para participar en la sesión de verano con paga
adicional, excepto en los casos en que no haya profesor alguno disponible. Cualquier
excepción a esta regla deberá ser evaluada y aprobada por la junta administrativa
correspondiente, a propuesta del rector.¹²⁷