Regl. 6479, art. 66-66.4.2.2

Ascenso para el personal docente en funciones eminentemente

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Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 66-66.4.2.2

administrativas El personal docente con nombramiento probatorio que ejerce funciones eminentemente administrativas podrá, para propósitos de ascenso en rango, acumular los años de servicio en dichas funciones siempre que, conjuntamente con estas funciones, desempeñe labores equivalentes a una cuarta parte de su tarea docente en la materia de su especialización en la facultad o dependencia de la cual proviene, o en cualesquiera de las unidades del sistema. Compilación Ed. 02/16/2002 Página 100 REGLAMENTO GENERAL
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