Regl. 6479, art. 72-72.2 dup2
Empleados probatorios o permanentes en puestos que ahora se
Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 72-72.2 dup2
designan de confianza
Los que estuvieren ocupando, con nombramiento probatorio o permanente,
puestos que se designen en este Reglamento como de confianza continuarán como
empleados probatorios o permanentes, pero podrán ser trasladados a puestos de carrera de
igual o parecida categorÃa y retribución. En ningún caso este tipo de cambio podrá
resultar en una retribución inferior a la que el empleado disfrutaba antes del traslado.