Regl. 2595, art. C-132

REVOCACION DE ASIGNACION DE VEHICULOS EXCLUSIVOS

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Cite as Reglamento Núm. 2595, Art. C-132

Por la presente queda revocada toda asignación exclusiva de vehículos concedida a cualquier persona que no sea jefe o subjefe de agencia con anterioridad a la vigencia de este reglamento hasta tanto se reevalúe por el Administrador las peticiones que a esos efectos tengan a bien hacer los jefes de agencia. Dichos vehículos de no ser necesarios en el pool de la agencia serán enviados al Area para reasignación a otras agencias. Esta disposición no aplicará al personal de la Oficina del Gobernador. -128-
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