Regl. 6479, art. 76-76.3
Utilización de recursos de las unidades institucionales
Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 76-76.3
El Director de la Oficina Central de Recursos Humanos, en coordinación con los
directores de recursos humanos de las unidades institucionales y con la aprobación de la
autoridad nominadora correspondiente, podrá utilizar funcionarios y empleados de la
Universidad para preparar, administrar y calificar los exámenes. La Oficina Central de
Recursos Humanos compensará a este personal por el trabajo que realice fuera de su
horario regular y por los gastos en que incurra para realizarlo.