Regl. 6479, art. 80-80.3

Evaluación del trabajo del empleado

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Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 80-80.3

El supervisor inmediato realizará la evaluación inicial del trabajo del empleado a lo largo del período probatorio, para canalizar, a través de los decanos o directores de escuelas autónomas, sus recomendaciones a la autoridad nominadora sobre si procede o no su retención como empleado permanente.
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