Regl. 1277, art. 111-111.1

Dispositivos Inmovilizadores Requeridos.

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Cite as Reglamento Núm. 1277, Art. 111-111.1

111.1a 111.1a - Para ascensores de personas Las puertas del pozo estarán dotadas de un sistema inmovilizador integral en todo el pozo. 111.1b 111.1b Para ascensores de carga Las puertas del pozo estarân dotadas de un sistema inmovilizador integral en todo el pozo. Excepciones (1) Sistemas unitarios de pozo de combinación de inmovilizadores mecânicos y contactos eléctricos podrán ser usados en las puertas de operación manual, del tipo de corredera vertical equilibrada con dos secciones que parten desde el centro, bajo las siguientes condiciones: (a) Ascensores con un recorrido no mayor de quince (15) pies. Para la puerta del apeadero superior y cualquiera otra puerta cuyo umbral este localizado a no más de cuatro (4) pies bajo el umbral de la puerta del apeadero superior. (b) Ascensores con cualquier recorrido. Para puertas cuyo umbral este dentro de cinco (5) pies del fondo del foso. (2) La combinación de inmovilizadores mecânicos y contactos eléctricos podrá ser usada en las puertas del apeadero inferior en ascensores de aceras (Vea Parte IV, Sección 401, Regla 401.5b). ENGLISH TEXT - 16 - (3) Interlocks or electric contacts are not required on horizontally hinged doors or vertically lifting covers of sidewalk elevators located in sidewalks or other areas exterior to the building (See Part IV, Section 401, Rule 401.5a). Locking devices conforming to the requirements of Rule Ill.le, may be provided for such doors or covers. 111. lc - For Power Dumbwaiters
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