Regl. 6479, art. 84-84.1.5

Para ejercer la prerrogativa que se establce en la Sección 72.2.

Last amended: 2002Length: 16 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 84-84.1.5

Reglamento Núm. 6479 Art. 84-84.1.5. Para ejercer la prerrogativa que se establce en la Sección 72.2.
Regl. 6479, art. 84-84.1.5: Para ejercer la prerrogativa que se establce en la Sección 72.2. | Justis AI