Regl. 2595, art. C-146
PROGRAMA DE INCENTIVOS
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Cite as Reglamento Núm. 2595, Art. C-146
1. Conductores Oficiales
Se crea en la Administración a cargo del Administrador Auxiliar
de Transporte un programa de incentivos y premios encaminados a
reconocer anualmente la labor eficiente de todos los Conductores
Oficiales del Gobierno.
2. Promoción de Uso de Medios Privados de Transportación
A fin de promover la política pública establecida sobre el
uso de vehículos privados, se establece lo siguiente:
a. Millaje
Cualquier personal del Gobierno que utilice su vehículo
privado o medios de transportación públicos en vez de la
transportación oficial para fines oficiales, tendrá derecho
a que se le pague por el millaje recorrido la tarifa establecida por el Secretario de Hacienda, previa consulta con y
recomendación del Administrador ó el importe del pasaje.
b. Otros
E1 Administrador en consulta con el Secretario de Hacienda
y el Director del Negociado del Presupuesto, establecerá otros
beneficios para promover el uso de los vehículos privados o
públicos en sustitución de los vehículos oficiales para fines
oficiales.
3. Reembolso por Gastos Especiales
Se le reembolsará el costo de cualquier servicio, material o
pieza en caso de emergencia que se hubiere visto necesitado de
adquirir cualquier empleado, si somete la correspondiente factura
y justificación dentro de los dos (2) días laborables de efectuar
el pago.
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SECCION D: DOCUMENTOS