Regl. 2595, art. C-146

PROGRAMA DE INCENTIVOS

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Cite as Reglamento Núm. 2595, Art. C-146

1. Conductores Oficiales Se crea en la Administración a cargo del Administrador Auxiliar de Transporte un programa de incentivos y premios encaminados a reconocer anualmente la labor eficiente de todos los Conductores Oficiales del Gobierno. 2. Promoción de Uso de Medios Privados de Transportación A fin de promover la política pública establecida sobre el uso de vehículos privados, se establece lo siguiente: a. Millaje Cualquier personal del Gobierno que utilice su vehículo privado o medios de transportación públicos en vez de la transportación oficial para fines oficiales, tendrá derecho a que se le pague por el millaje recorrido la tarifa establecida por el Secretario de Hacienda, previa consulta con y recomendación del Administrador ó el importe del pasaje. b. Otros E1 Administrador en consulta con el Secretario de Hacienda y el Director del Negociado del Presupuesto, establecerá otros beneficios para promover el uso de los vehículos privados o públicos en sustitución de los vehículos oficiales para fines oficiales. 3. Reembolso por Gastos Especiales Se le reembolsará el costo de cualquier servicio, material o pieza en caso de emergencia que se hubiere visto necesitado de adquirir cualquier empleado, si somete la correspondiente factura y justificación dentro de los dos (2) días laborables de efectuar el pago. 147 - SECCION D: DOCUMENTOS
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