Regl. 6479, art. 91-91.1

En qué consiste

Last amended: 2002Length: 77 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 91-91.1

La licencia por enfermedad se basa en el derecho a no tener pérdida de sueldo durante períodos de ausencia por razón de quebranto físico o mental. No requiere autorización previa, excepto en los casos en que pueda anticiparse la ausencia. Aunque 150 Anotaciones: Cf. Certificación CES Núm. 106 (1982-83). Compilación Ed. 02/16/2002 Página 124 REGLAMENTO GENERAL ordinariamente no se necesita autorización previa, es indispensable que el supervisor del empleado reciba aviso oportuno de la ausencia por enfermedad.¹⁵¹
Regl. 6479, art. 91-91.1: En qué consiste | Justis AI