Regl. 6479, art. 92-92.9.4

Deber de informar del empleado

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Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 92-92.9.4

El empleado deberá informar a la oficina de recursos humanos, de la unidad a la cual pertenece, cualquier cambio en el comienzo, terminación de la licencia para estudios autorizada, así como cualquier cambio en cuanto al programa de estudios o de institución académica. Someterá, además, un informe de progreso académico al finalizar cada período académico, ya sea semestre, trimestre o cual fuere. La oficina de recursos humanos realizará el trámite correspondiente a la junta administrativa.
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