Regl. 6479, art. 92-92.9.4
Deber de informar del empleado
Cite as Reglamento Núm. 6479, Art. 92-92.9.4
El empleado deberá informar a la oficina de recursos humanos, de la unidad a la
cual pertenece, cualquier cambio en el comienzo, terminación de la licencia para estudios
autorizada, asà como cualquier cambio en cuanto al programa de estudios o de institución
académica. Someterá, además, un informe de progreso académico al finalizar cada
perÃodo académico, ya sea semestre, trimestre o cual fuere. La oficina de recursos
humanos realizará el trámite correspondiente a la junta administrativa.