Regl. 2595, art. C-33

PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR ASIGNACION EXCLUSIVA

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Cite as Reglamento Núm. 2595, Art. C-33

1. Funcionarios Sólamente se les dará asignación exclusiva de vehículos a los jefes y subjefes de agencias. Los demás funcionarios a quienes se les asigne vehículos, dependerán de la recomendación de los jefes de agencia y la discreción del Administrador, sujeto al trámite establecido en este artículo. 2. Petición del Jefe de Agencia Si un jefe de agencia interesa la asignación exclusiva de un vehículo para un funcionario que no sea jefe o subjefe, someterá la petición por escrito al Administrador asegurándose de incluir en la misma la siguiente información: a. Contenido de la Solicitud 1) Nombre del funcionario 2) Razones por las cuales solicita la asignación 3) Razones por las cuales no puede usar un vehículo del pool, no puede o no debe usar su propio vehículo 4) Dirección del funcionario 5) Cargo que ocupa 6) Fecha de designación 7) Porciento de horas laborables que necesitará el vehículo 8) Número licencia Transportación y Obras Públicas, fecha de expedición y de expiración 9) Término por el cual se solicita la asignación 10) Status del pool de la agencia a) Indicar si hay vehículos disponibles en el pool para asignarle sin que se afecten los servicios de transportación de la agencia. Si se puede prescindir de 31 los vehículos del pool, dirá de qué manera se ofrecerá el servicio que dicho vehículo daba en el pool. b) Si no se puede disponer de un vehículo del pool acompañará la solicitud de asignación con la correspondiente obligación de fondos y una Solicitud de Compras debidamente cumplimentada conforme establece el "Reglamento de Adquisición" de la Administración 3. Evaluación y Autorización a. Utilizando Vehículo del Pool Si a juicio del Administrador no se afecta la transportación de la agencia, éste autorizará la asignación exclusiva a favor del funcionario en cuestión y ordenará al Area que proceda con la correspondiente documentación, en relación al vehículo. b. Utilizando Vehículo del Gobierno Si el Administrador determina que el "status" general de la flota permite asignar un vehículo de la flota bajo la jurisdicción de la Administración o de otra agencia así lo autorizará y se seguirán los trámites establecidos en el "Reglamento de Propiedad Excedente Estatal". c. Adquisición Si es necesario comprar un vehículo, se cumplirán con los trámites establecidos en el "Reglamento de Adquisición" de la Administración. 1) Arrendamiento Bajo ningún concepto se autorizará alquilar un vehículo para dicho funcionario en lo que se le asigna un vehículo oficial. - 32 - Sólamente se autorizará el arrendamiento de un vehículo a ser usado exclusivamente por un funcionario que no sea jefe o subjefe de la agencia, cuando la duración total de la asignación exclusiva para la función específica que va a desarrollar no exceda de noventa (90) días consecutivos. 33 PARTE TERCERA: IDENTIFICACION SECCION A: DESCRIPCION GENERAL
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