Regl. 6486, art. IV
- APLICABILIDAD
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Cite as Reglamento Núm. 6486, Art. IV
Las normas y procedimientos establecidos en este Reglamento
aplicarán a los confinados que por sentencia de un Tribunal se les imponga la
Pena Especial que crea la Ley Núm. 183 de 29 de julio de 1998, según
enmendada, que se conoce como la "Ley para la Compensación a Víctimas de
Delitos".
También aplicará a convictos declarados indigentes por un Tribunal
sentenciador a quienes se le ha establecido un plan de pago de la Pena
Especial requerida por el Artículo 49-C del Código Penal de Puerto Rico.