Regl. 6486, art. IV

- APLICABILIDAD

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Cite as Reglamento Núm. 6486, Art. IV

Las normas y procedimientos establecidos en este Reglamento aplicarán a los confinados que por sentencia de un Tribunal se les imponga la Pena Especial que crea la Ley Núm. 183 de 29 de julio de 1998, según enmendada, que se conoce como la "Ley para la Compensación a Víctimas de Delitos". También aplicará a convictos declarados indigentes por un Tribunal sentenciador a quienes se le ha establecido un plan de pago de la Pena Especial requerida por el Artículo 49-C del Código Penal de Puerto Rico.
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