Regl. 6489, art. 5

OBTENCION DE MUESTRAS

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Cite as Reglamento Núm. 6489, Art. 5

A. El Supervisor de la Sección de Detección de Sustancias Controladas asignará los días y horas en que se tomarán las muestras, en coordinación con cada Jefe de Agencia, Patrono o su representante autorizado, tomando en consideración los diferentes horarios de las Agencias y/o Patronos. El día seleccionado para el muestreo el Encargado de Grupo recibirá o recogerá un sobre sellado donde se especifica e incluye la información de la Agencia o Patrono, lugar, cantidad de muestras y el nombre del Oficial de Enlace. 5 B. El Encargado de Grupo se trasladará al lugar de trabajo de los empleados seleccionados para obtener las muestras para análisis. Una vez en el lugar del muestreo éste procederá a: 1. Indentificarse con el Oficial de Enlace de la Agencia o del Patrono y coordinará con éste la toma de las muestras. 2. En unión al Oficial de Enlace se seleccionará e inspeccionará el servicio sanitario a utilizarse, el cual se mantendrá para uso exclusivo de los empleados a ser muestreados. 3. El Oficial de Enlace procederá a traer a los empleados en el orden que le indique el Encargado de Grupo. El Oficial de Enlace mantendrá en todo momento el control de la lista. 4. El empleado se identificará ante el Colector y le mostrará una identificación con retrato, en caso de no tenerla, el Oficial de Enlace tendrá que identificarlo positivamente. El Colector le orientará y completará el Formulario ICF-0269. 5. La lista contendrá el nombre del empleado seleccionado, su número de seguro social o número de identificación, si se obtuvo o no la muestra. En el caso de la no obtención de la muestra, se indicará en el Formulario ICF-0269 la razón para ésta situación. (a) Se le advertirá al empleado que de así desearlo se le podrá entregar a un laboratorio de su selección parte de la muestra para que tenga la oportunidad de realizar un análisis independiente. 6. El empleado seleccionará un envase al azar, el cual está identificado con una etiqueta que indica y contiene un número de control. El empleado junto a la Escolta del mismo sexo, procederán a ir al servicio sanitario previamente seleccionado para la toma de la muestra. La escolta permanecerá en el área para evitar la adulteración de la muestra. 7. Se le garantizará al empleado el derecho a la intimidad, al no haber un observador presente mientras éste provea la muestra. En el caso en 6 que el servicio sanitario seleccionado para el muestreo sea tipo cubículo, la escolta podrá mantenerse dentro del área del baño mientras el empleado utiliza el cubículo para proveer la muestra. 8. Una vez el empleado provea la muestra, entregará la misma al colector quien verificará la temperatura y que la cantidad muestreada cumpla con los requisitos. La muestra deberá tener la temperatura aceptable de 90 a 100 grados fahrenheit y una cantidad mínima requerida de 30 mililítros (mL). En los casos donde la muestra no cumpla con los requisitos establecidos de volúmen y temperatura, o haya razón para creer que la muestra haya sido adulterada, el Colector retendrá la misma como evidencia de una posible adulteración y le informará al empleado que tiene que proveer otra muestra. Si el empleado no puede proveer la cantidad de orina requerida, se le concederá un tiempo adicional de hasta un máximo de dos (2) horas para ingerir ocho (8) onzas de líquido ( agua, soda o jugo) cada media hora hasta un máximo de 24 onzas de líquido. En estos casos, el Colector podrá observar de manera directa la toma de la segunda muestra, para verificar si empleado adultera la muestra. 9. Si la muestra cumple con los requisitos establecidos, el Colector marcará en el Formulario ICF-0269, el recuadro identificado ("sí "). Si la muestra no cumple con la temperatura requerida, se marcará el recuadro identificado ("no") y se anotará la temperatura registrada. 10. El Colector procederá a adherir la etiqueta de identificación alrededor del envase y la cinta adhesiva de seguridad sobre la tapa del envase en presencia del Empleado. El Colector escribirá la fecha e iniciará la etiqueta y le solicitará al Empleado que inicie la etiqueta. 7 11.EI envase deberá estar a la vista del Empleado y del Colector en todo momento. El Colector y el Empleado verificarán individualmente que el número de muestra corresponda con el número asignado en el envase, al igual que con el número que aparece en el Formulario ICF -0269. 12.EI Colector completará la información en el encasillado provisto donde escribirá su nombre, iniciales, firma, fecha y hora, certificando que recibió la muestra del empleado. En el caso que aplique anotará las observaciones en la copia 2 del formulario. 13. Finalizado el proceso, el Colector le entregará el empleado la copia # 3 del Formulario ICF-0269. Esta copia será la constancia de que el Empleado proveyó su muestra. 14. Finalizado el muestreo, el Encargado de Grupo en coordinación con el grupo de trabajo asignado al muestreo, verificarán que toda la información esté completa en la copia # 1 del formulario. El Encargado de Grupo colocará éstas copias en un sobre sellado con las iniciales de él y las del Colector, éste sobre sellado será entregado al Laboratorio del Programa de Detección de Sustancias Controladas del Instituto. 15. Las restantes copias del formulario seán entregadas de la siguiente manera: a. Copia # 2 del Formulario será enviada al Médico Revisor Oficial (MRO) por la Sección de Detección de Sustancias Controladas del Instituto. b. La copia # 3 será entregada al Empleado 8 C. La copia # 4 le será entregada al Oficial de Enlace de la Agencia o su representante autorizado y/o al Patrono. 16. El Encargado de Grupo levantará un Acta de Incidencias, copia de ésta le será entregada al Oficial de Enlace de la Agencia 0 del Patrono. 17. Cuando el personal encargado del muestreo regrese al las facilidades del Instituto ubicadas en Río Piedras, guardarán las muestras selladas en la nevera del Cuarto de Evidencia provista para ello. Anotarán en la bitácora perteneciente a la nevera el depósito de las muestras, en la alternativa entregarán las muestras directamente al Laboratorio de Detección de Sustancias Controladas, junto con el sobre sellado y la copia # 1. 18. Las muestras guardadas en la nevera serán entregadas al día siguiente en la mañana al Laboratorio por el Colector o persona designada con su respectiva documentación. 19. El Encargado de Grupo deberá asegurarse de: a. Que el Empleado lea y entienda toda la información en el Formulario ICF-0269. Verificará que el Empleado haya completado el formulario con la información solicitida en el mismo. b. Que la muestra para análisis no tenga una cantidad que sea menor de 30 mililítros (mL.) y que la etiqueta del envase tenga las iniciales del Colector y del Empleado. C. La escolta este presente durante todo el proceso hasta que el Empleado entregue la muestra. 9 d. Tomar la muestra a todos los empleados seleccionados en la lista, excepto cuando el Oficial de Enlace o su representante autorizado justifique la ausencia de algún empleado de su unidad de trabajo. e. Que el Empleado seleccionado no abandone el área de muestreo, hasta tanto haya donado la muestra. f. Garantizar la confidencialidad del formulario con el nombre y número de control del Empleado, de manera que nadie excepto el Médico Revisor Oficial (MRO) pueda correlacionar la muestra positiva con el nombre del Empleado. g. Verificar junto al Oficial de Enlace que la cantidad de muestras donadas sean igual al número de empleados muestreados.
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