Regl. 6489, art. 5
OBTENCION DE MUESTRAS
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Cite as Reglamento Núm. 6489, Art. 5
A.
El Supervisor de la Sección de Detección de Sustancias Controladas
asignará los dÃas y horas en que se tomarán las muestras, en
coordinación con cada Jefe de Agencia, Patrono o su representante
autorizado, tomando en consideración los diferentes horarios de las
Agencias y/o Patronos. El dÃa seleccionado para el muestreo el
Encargado de Grupo recibirá o recogerá un sobre sellado donde se
especifica e incluye la información de la Agencia o Patrono, lugar,
cantidad de muestras y el nombre del Oficial de Enlace.
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B.
El Encargado de Grupo se trasladará al lugar de trabajo de los empleados
seleccionados para obtener las muestras para análisis. Una vez en el
lugar del muestreo éste procederá a:
1. Indentificarse con el Oficial de Enlace de la Agencia o del Patrono y
coordinará con éste la toma de las muestras.
2. En unión al Oficial de Enlace se seleccionará e inspeccionará el
servicio sanitario a utilizarse, el cual se mantendrá para uso exclusivo
de los empleados a ser muestreados.
3. El Oficial de Enlace procederá a traer a los empleados en el orden que
le indique el Encargado de Grupo. El Oficial de Enlace mantendrá en
todo momento el control de la lista.
4. El empleado se identificará ante el Colector y le mostrará una
identificación con retrato, en caso de no tenerla, el Oficial de Enlace
tendrá que identificarlo positivamente. El Colector le orientará y
completará el Formulario ICF-0269.
5. La lista contendrá el nombre del empleado seleccionado, su número
de seguro social o número de identificación, si se obtuvo o no la
muestra. En el caso de la no obtención de la muestra, se indicará en el
Formulario ICF-0269 la razón para ésta situación.
(a) Se le advertirá al empleado que de asà desearlo se le podrá
entregar a un laboratorio de su selección parte de la muestra para
que tenga la oportunidad de realizar un análisis independiente.
6. El empleado seleccionará un envase al azar, el cual está identificado
con una etiqueta que indica y contiene un número de control. El
empleado junto a la Escolta del mismo sexo, procederán a ir al
servicio sanitario previamente seleccionado para la toma de la
muestra. La escolta permanecerá en el área para evitar la
adulteración de la muestra.
7. Se le garantizará al empleado el derecho a la intimidad, al no haber un
observador presente mientras éste provea la muestra. En el caso en
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que el servicio sanitario seleccionado para el muestreo sea tipo
cubÃculo, la escolta podrá mantenerse dentro del área del baño
mientras el empleado utiliza el cubÃculo para proveer la muestra.
8. Una vez el empleado provea la muestra, entregará la misma al
colector quien verificará la temperatura y que la cantidad
muestreada cumpla con los requisitos. La muestra deberá tener la
temperatura aceptable de 90 a 100 grados fahrenheit y una
cantidad mÃnima requerida de 30 mililÃtros (mL). En los casos
donde la muestra no cumpla con los requisitos establecidos de
volúmen y temperatura, o haya razón para creer que la muestra
haya sido adulterada, el Colector retendrá la misma como
evidencia de una posible adulteración y le informará al empleado
que tiene que proveer otra muestra. Si el empleado no puede
proveer la cantidad de orina requerida, se le concederá un tiempo
adicional de hasta un máximo de dos (2) horas para ingerir ocho
(8) onzas de lÃquido ( agua, soda o jugo) cada media hora hasta
un máximo de 24 onzas de lÃquido. En estos casos, el Colector
podrá observar de manera directa la toma de la segunda muestra,
para verificar si empleado adultera la muestra.
9. Si la muestra cumple con los requisitos establecidos, el Colector
marcará en el Formulario ICF-0269, el recuadro identificado ("sà ").
Si la muestra no cumple con la temperatura requerida, se marcará
el recuadro identificado ("no") y se anotará la temperatura
registrada.
10. El Colector procederá a adherir la etiqueta de identificación
alrededor del envase y la cinta adhesiva de seguridad sobre la
tapa del envase en presencia del Empleado. El Colector escribirá
la fecha e iniciará la etiqueta y le solicitará al Empleado que inicie
la etiqueta.
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11.EI envase deberá estar a la vista del Empleado y del Colector en todo
momento. El Colector y el Empleado verificarán individualmente que el
número de muestra corresponda con el número asignado en el
envase, al igual que con el número que aparece en el Formulario ICF
-0269.
12.EI Colector completará la información en el encasillado provisto donde
escribirá su nombre, iniciales, firma, fecha y hora, certificando que
recibió la muestra del empleado. En el caso que aplique anotará las
observaciones en la copia 2 del formulario.
13. Finalizado el proceso, el Colector le entregará el empleado la copia #
3 del Formulario ICF-0269. Esta copia será la constancia de que el
Empleado proveyó su muestra.
14. Finalizado el muestreo, el Encargado de Grupo en coordinación con el
grupo de trabajo asignado al muestreo, verificarán que toda la
información esté completa en la copia # 1 del formulario. El Encargado
de Grupo colocará éstas copias en un sobre sellado con las iniciales
de él y las del Colector, éste sobre sellado será entregado al
Laboratorio del Programa de Detección de Sustancias Controladas del
Instituto.
15. Las restantes copias del formulario seán entregadas de la siguiente
manera:
a. Copia # 2 del Formulario será enviada al Médico Revisor Oficial
(MRO) por la Sección de Detección de Sustancias Controladas del
Instituto.
b. La copia # 3 será entregada al Empleado
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C. La copia # 4 le será entregada al Oficial de Enlace de la Agencia o
su representante autorizado y/o al Patrono.
16. El Encargado de Grupo levantará un Acta de Incidencias, copia de
ésta le será entregada al Oficial de Enlace de la Agencia 0 del
Patrono.
17. Cuando el personal encargado del muestreo regrese al las facilidades
del Instituto ubicadas en RÃo Piedras, guardarán las muestras selladas
en la nevera del Cuarto de Evidencia provista para ello. Anotarán en la
bitácora perteneciente a la nevera el depósito de las muestras, en la
alternativa entregarán las muestras directamente al Laboratorio de
Detección de Sustancias Controladas, junto con el sobre sellado y la
copia # 1.
18. Las muestras guardadas en la nevera serán entregadas al dÃa
siguiente en la mañana al Laboratorio por el Colector o persona
designada con su respectiva documentación.
19. El Encargado de Grupo deberá asegurarse de:
a. Que el Empleado lea y entienda toda la información en el
Formulario ICF-0269. Verificará que el Empleado haya completado
el formulario con la información solicitida en el mismo.
b. Que la muestra para análisis no tenga una cantidad que sea menor
de 30 mililÃtros (mL.) y que la etiqueta del envase tenga las iniciales
del Colector y del Empleado.
C. La escolta este presente durante todo el proceso hasta que el
Empleado entregue la muestra.
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d. Tomar la muestra a todos los empleados seleccionados en la lista,
excepto cuando el Oficial de Enlace o su representante autorizado
justifique la ausencia de algún empleado de su unidad de trabajo.
e. Que el Empleado seleccionado no abandone el área de muestreo,
hasta tanto haya donado la muestra.
f. Garantizar la confidencialidad del formulario con el nombre y
número de control del Empleado, de manera que nadie excepto el
Médico Revisor Oficial (MRO) pueda correlacionar la muestra
positiva con el nombre del Empleado.
g. Verificar junto al Oficial de Enlace que la cantidad de muestras
donadas sean igual al número de empleados muestreados.