Regl. 6492, art. 3

Definiciones

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Cite as Reglamento Núm. 6492, Art. 3

Los términos enumerados a continuación tendrán los siguientes significados: 1. Beneficios Marginales se define como cualquier acreencia, ventaja o derecho no salarial otorgado al empleado por disposición de ley, reglamento o convenio colectivo que conlleve un costo para la agencia. Tales son, por ejemplo, las aportaciones para los planes médicos, sistemas de retiro, seguros de vida, así como licencias, bonificaciones, reembolsos por gastos incurridos en el desempeño de labores. 2. Cláusulas Económicas se refiere a un área de negociación mandatoria que las partes deberán discutir durante el proceso conducente a un convenio colectivo. El término incluye salarios, licencias, bonificaciones, aportaciones y cualesquiera otro beneficio o compensación cuyo costo a la agencia pueda ser precisado por depender su importe de las horas trabajadas por los empleados. 3. Convenio se define como el acuerdo suscrito entre las partes sobre salarios, beneficios marginales, términos y condiciones de empleo y otras 1 disposiciones relativas a la forma y manera en que se desenvolverán las relaciones obrero-patronales en una agencia. 4. Presupuesto Funcional se entenderá como el presupuesto asignado para los gastos de funcionamiento ordinarios y recurrentes de la agencia. Expresamente se excluyen del presupuesto funcional las siguientes asignaciones: (a) Asignaciones para mejoras permanentes. (b) Asignaciones para el pago de deuda pública o extraconstitucional. (c) Asignaciones que no sean recurrentes, independientemente del origen de esos recursos. Estas son las asignaciones que se conceden en una sola ocasión y con un propósito en específico. (d) Asignaciones de recursos de cualquier origen consignados bajo la custodia de una agencia para cubrir el costo de proyectos especiales que se delegan a otras dependencias o entidades. 5. Fondo General es el fondo al que ingresan los dineros recaudados por el Departamento de Hacienda, del que luego la Asamblea Legislativa hace las asignaciones para sufragar los distintos programas de servicios y de inversiones públicas para cada año fiscal. Estos recursos se originan de imposiciones de contribuciones, esencialmente sobre la propiedad, ingresos, herencias y donaciones, arbitrios sobre bebidas alcohólicas y sobre artículos de uso y consumo, como cigarrillos, productos de petróleo, vehículos de motor y sus accesorios, efectos eléctricos o de gas, y otros. Son, también, fuentes de ingreso del Gobierno las contribuciones que se recaudan por concepto de licencias de vehículos de motor y otras licencias; los sobrantes del Presupuesto General; los traspasos del Fondo de Intereses sobre Inversiones; los derechos, multas, y confiscaciones; las rentas provenientes de la Lotería, los derechos de aduana, y los arbitrios sobre embarques. 6. Oficina se refiere a la Oficina de Gerencia y Presupuesto
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