Regl. 6492, art. 3
Definiciones
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Cite as Reglamento Núm. 6492, Art. 3
Los términos enumerados a continuación tendrán los siguientes significados:
1. Beneficios Marginales se define como cualquier acreencia, ventaja o
derecho no salarial otorgado al empleado por disposición de ley,
reglamento o convenio colectivo que conlleve un costo para la agencia.
Tales son, por ejemplo, las aportaciones para los planes médicos, sistemas
de retiro, seguros de vida, asà como licencias, bonificaciones, reembolsos
por gastos incurridos en el desempeño de labores.
2. Cláusulas Económicas se refiere a un área de negociación mandatoria que
las partes deberán discutir durante el proceso conducente a un convenio
colectivo. El término incluye salarios, licencias, bonificaciones,
aportaciones y cualesquiera otro beneficio o compensación cuyo costo a la
agencia pueda ser precisado por depender su importe de las horas
trabajadas por los empleados.
3. Convenio se define como el acuerdo suscrito entre las partes sobre
salarios, beneficios marginales, términos y condiciones de empleo y otras
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disposiciones relativas a la forma y manera en que se desenvolverán las
relaciones obrero-patronales en una agencia.
4. Presupuesto Funcional se entenderá como el presupuesto asignado para
los gastos de funcionamiento ordinarios y recurrentes de la agencia.
Expresamente se excluyen del presupuesto funcional las siguientes
asignaciones:
(a) Asignaciones para mejoras permanentes.
(b) Asignaciones para el pago de deuda pública o extraconstitucional.
(c)
Asignaciones que no sean recurrentes, independientemente del
origen de esos recursos. Estas son las asignaciones que se
conceden en una sola ocasión y con un propósito en especÃfico.
(d)
Asignaciones de recursos de cualquier origen consignados bajo
la custodia de una agencia para cubrir el costo de proyectos
especiales que se delegan a otras dependencias o entidades.
5. Fondo General es el fondo al que ingresan los dineros recaudados por el
Departamento de Hacienda, del que luego la Asamblea Legislativa hace
las asignaciones para sufragar los distintos programas de servicios y de
inversiones públicas para cada año fiscal. Estos recursos se originan de
imposiciones de contribuciones, esencialmente sobre la propiedad,
ingresos, herencias y donaciones, arbitrios sobre bebidas alcohólicas y
sobre artÃculos de uso y consumo, como cigarrillos, productos de petróleo,
vehÃculos de motor y sus accesorios, efectos eléctricos o de gas, y otros.
Son, también, fuentes de ingreso del Gobierno las contribuciones que se
recaudan por concepto de licencias de vehÃculos de motor y otras
licencias; los sobrantes del Presupuesto General; los traspasos del Fondo
de Intereses sobre Inversiones; los derechos, multas, y confiscaciones; las
rentas provenientes de la LoterÃa, los derechos de aduana, y los arbitrios
sobre embarques.
6. Oficina se refiere a la Oficina de Gerencia y Presupuesto