Regl. 6498, art. II dup2

OBJETIVOS DEL PROGRAMA

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Cite as Reglamento Núm. 6498, Art. II dup2

Propiciar el desarrollo de la producción agrícola mediante la prestación de servicios subsidiados de combate de plagas en las fincas de agricultores que se dedican a los cultivos de café, plátanos, gandures, citricas, hortalizas y otros, ARTICULO III DEFINICIONES Para los efectos de este Reglamento, los siguientes términos tendrán los significados que a continuación se indican donde quiera que se usen 0 que a ellos se haga referencia en este Reglamento, salvo donde el texto indique otra cosa: 1. Secretario El Secretario de Agricultura de Puerto Rico. 2. Administración La Administración de Servicios y Desarrollo Agropecuario. 3. Administrador El Administrador de la Administración de Servicios y Desarrollo Agropecuario. 4. Programa El Programa Protección de 2 Cultivos. 5. Agricultor Toda persona que por sí 0 por medio de otros opera una o más fincas para la producción comercial, agrícola 0 agropecuaria. 6. Plaguicidas Agentes 0 productos que se utilizan para combatir las plagas 0 azotes que afligen a la agricultura, como la langosta, la filoxera, ect. 7. Asperjar Rociar, esparcir en menudas gotas un líquido. 8. Yerbicida Producto que se utiliza para eliminar la yerba.
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