Regl. 2595, art. C-47

REGISTRO GENERAL

Length: 119 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 2595, Art. C-47

Será responsabilidad de todo Superintendente de Transportación velar porque se lleve un registro completo de cada vehículo en su pool. Este Registro, deberá llevarlo conforme lo siguiente: 1. Contenido a. Descripción del Vehículo La descripción del vehículo incluirá: 1) modelo 2) año 3) tipo 4) número de motor 5) número de tablilla 6) número de propiedad 7) agencia y programa a la cual está asignado 8) identificación 9) región donde está asignado b. Información en el Historial del Vehículo 1) Conductor o Conductores que utilizan el vehículo y períodos y fechas cuando lo utilizan 2) Personas a quienes está asignado 3) Accidentes que ha tenido el vehículo 4) Fecha del accidente 5) Conductor en ese momento - 44 -
Regl. 2595, art. C-47: REGISTRO GENERAL | Justis AI